| Señor
Juez _____
de la ciudad de ________________
E. gggggS.ggggg
D.
Escriba
acá el nombre de la persona que reclama sus derechos: X.X.X..X.X.X.
identificado como aparece al pié de mi firma, obrando en
nombre propio acudo a su despacho a solicitarle el amparo constitucional
establecido en el Art. 86 de la Constitución Política
denominado ACCION DE TUTELA en contra del DIRECTOR DE LA EPS O ARS
escriba acá el nombre de la entidad
demandada: ____ y/o quien corresponda a fin de que se sirva
hacer las siguientes o similares:
DECLARACIONES
Ordenar al DIRECTOR
DE LA EPS (o ARS) escriba acá el nombre
de la entidad demandada) ____ y/o quien corresponda que en
el término de 48 horas ENTREGUE LOS MEDICAMENTOS DENOMINADOS
escriba acá el nombre de los medicamentos
que no se le entregan, si es su caso: ____ _______________
formulados por el médico tratante como consta en la fórmula
médica que se anexa.
Ordenar al DIRECTOR
DE LA EPS y/o quien corresponda que GARANTICE
LA ENTREGA PERMANENTE DE TODOS (es decir que no haya demora)
LOS MEDICAMENTOS en la cantidad y periodicidad que ordene el médico
o la médico tratante.
Para evitar
presentar tutela por cada evento, solicito ORDENAR QUE LA ATENCIÓN
SE PRESTE EN FORMA INTEGRAL es decir todo lo que requiera en forma
PERMANENTE y OPORTUNA.
Prevenir al
DIRECTOR de la EPS o ARS de que en ningún caso vuelvan a
incurrir en las acciones que dieron mérito a iniciar esta
tutela y que si lo hacen serán sancionadas conforme lo dispone
el Art. 52 del Decreto 2591/91 (arresto, multa, sanciones penales)
Ordenar al FOSYGA
rembolsar a la EPS los gastos que realice en el cumplimiento de
esta tutela conforme lo dispuesto por la Corte Constitucional en
la sentencia 480/97.
PRUEBAS
Documental:
Formulas médicas
Historia clínica (si la tiene)
o concepto médico (si lo tiene)
Certificación laboral (si la tiene,
pero se recomienda presentarla para establecer que la persona no
tiene los ingresos suficientes para cancelar de su propio bolsillo
los servicios o medicamentos o tratamientos que se piden con la
tutela)
Testimonial:
Para establecer que no tengo dinero para realizar copagos, sírvase
citar y escuchar en declaración a las siguientes personas:
(Escriba
acá los datos de los testigos o testigas)
(Nombre) ______________
residente en la (dirección completa)
_____________ teléfono _____
(Nombre)
______________
residente en la (dirección completa)
_____________ teléfono _____
Oficio:
Sírvase
oficiar a la EPS para que certifique cual es el ingreso con el cual
estoy haciendo mensualmente mis cotizaciones o aportes al sistema
de seguridad social.
HECHOS
He sido diagnosticado
con (escriba acá su enfermedad)
_____________________.
Me encuentro
afiliado a la EPS (escriba acá el nombre
de su EPS o ARS) ___.
Mi oficio como
persona es (su trabajo) _________________
El médico
tratante me ha formulado Escriba acá
los medicamentos, exámenes y demás que le haya ordenado
su medico-a tratante: __________________
Me dirigí
con la fórmula médica a (cuenta
que paso cuando llevaste la formula médica, adonde fuiste,
etc) ___________ en donde me dijeron que no tenía
las 100 semanas cotizadas o por que no estaban dentro del POS (o
nombra las razones que sean)
Mis ingresos
son (escribe cuales son tus ingresos)
____________
Tengo que hacer
gastos como:
(coloca en los espacios los valores correspondientes,
si tienes otros gastos que no están nombrados en este formato
escríbelos)
agua $ _____luz
$ _____ , arriendo o cuota de vivienda $_______, etc
______
FALLO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
LAS LEYES Y
REGLAMENTOS QUE NIEGAN MEDICAMENTOS FRENTE A LA CONSTITUCION POLITICA
DE COLOMBIA PROCLAMADA EN 1991
Sobre este álgido
tema de la legalidad para la entrega de medicinas y la prohibición
de entregar las que no estén en el formulario la Corte mediante
sentencia 271 del 23 de junio de 1995 magistrado ponente Dr. Alejandro
Martínez Caballero fue muy clara en manifestar:
"La
Sala sabe que la negativa de la parte demandada se fundamenta en
NORMAS JURIDICAS DE RANGO INFERIOR A LA CARTA que prohíben
la entrega de medicamentos por fuera de un catálogo oficialmente
aprobado; no desconoce tampoco los motivos de índole presupuestal
que conducen a la elaboración de una lista restringida y
estricta, ni cuestiona los estudios científicos de diverso
orden que sirven de pauta a su elaboración, menos aún
el rigor de quienes tienen a su cargo el proceso de selección;
sin embargo, retomando el hilo de planteamientos antecedentes ratifica
que el deber de atender la salud y de conservar la vida del paciente
es prioritario y cae en el vacío si se le niega la posibilidad
de disponer de todo el tratamiento prescrito por el médico;
no debe perderse de vista que la institución de seguridad
social ha asumido un compromiso con la salud del afiliado, entendida
en este caso, como un derecho conexo a la vida y que la obligación
de proteger la vida es de naturaleza comprensiva pues no se limita
a eludir cualquier interferencia sino que impone, además,
"una función activa que busque preservarla usando todos
los medios institucionales y legales a su alcance" (Sentencia
T-067 de 1994. M.P. Dr. José Gregorio Hernández Galindo).
Esa obligación es más exigente y seria en atención
al lugar que corresponde al objeto de protección en el sistema
de valores que la Constitución consagra, y la vida humana,
tal como se anotó, es un valor supremo del ordenamiento jurídico
colombiano y el punto de partida de todos los derechos. En la sentencia
T-165 de 1995 la Corte expuso : "Siempre que la vida humana
se vea afectada en su núcleo esencial mediante lesión
o amenaza inminente y grave el Estado Social deberá proteger
de inmediato al afectado, a quien le reconoce su dimensión
inviolable. Así el orden jurídico total se encuentra
al servicio de la persona que es el fin del derecho" (M.P.
Dr. Vladimiro Naranjo Mesa)" (negrillas y mayúsculas
no originales)
Mas adelante se anotó :
"Es
incuestionable que la administración está sujeta al
principio de legalidad, pero la prevalencia de los derechos fundamentales
y la supremacía del texto constitucional que los contiene
y dispone su protección, sugiere, en el caso concreto la
impostergable observancia de la norma superior cuya aplicación
no debe supeditarse a criterios que, al ser sopesados frente a valores
y derechos como los implicados en el presente asunto, no resisten
comparación alguna."
Queda así
claramente establecido que los planteamientos de orden legal que
esta esgrimiendo la EPS están por debajo de la Constitución
en un Estado Social de Derecho en donde prima la dignidad humana
y el deber de solidaridad, conforme los planteamientos del máximo
tribunal que tiene a su guarda e interpretación la Carta
Magna.
DERECHOS
VIOLADOS
De lo narrado
se establece la violación a los siguientes Derechos Fundamentales
consagrados en la Constitución Política y en Tratados
Internacionales que versan sobre Derechos Humanos y que conforme
lo ordena en Art. 93 de nuestra Carta prevalecen
sobre el orden interno y que los derechos y deberes consagrados
en nuestra Constitución deben interpretarse conforme a los
Tratados Internacionales ratificados por nuestro país.
Primero:
Derecho a un adecuado nivel de vida
Este derecho
fundamental se encuentra consagrado en el artículo 25 de
la Declaración Universal de Derechos Humanos que, conforme
lo dispuesto por el Art. 93 y 94 de la Constitución prevalece
sobre el orden interno y la enunciación de derechos y garantías
contenidos en nuestra Constitución y Convenios Internacionales
no debe entenderse como negación de otros que son inherentes
a la persona humana, así no figuren expresamente.
El Art. 25 reza:
"Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que
le asegure, así como a su familia,
la salud y el bienestar, y en especial la alimentación,
el vestido, la vivienda, la asistencia médica
y los servicios sociales necesarios ..." (subrayas y
negrillas no originales)
Para nuestro
caso se ha violado este derecho en virtud a que la EPS se niega
a: Contar que es lo que esta negando la EPS
o ARS, ya sean medicamentos, exámenes, procedimientos, etc:
___________________________________________________________________________________________________________________________
por que: (dar las razones que ha dado la EPS
o ARS) ____________________.
Igualmente no
me entregan (si hay algo adicional que no están entregando)
__________________________________________________________________________________________________________________________
Segundo
: Derecho a la vida en conexidad con la salud y la seguridad social
Consagrado así:
En la Constitución Política de Colombia en el Art.
11.
En la Declaración Universal de Derechos Humanos en el Art.
3.
En el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
en el Art. 6.
En la Convención Americana de Derechos Humanos en el Art.
4
Este derecho
se viola en forma indirecta.
La no entrega
de:
Escribe acá que medicamentos no te
están entregando, o la no realización de exámenes
o la no realización de procedimientos etc, ________________________________________________________________________________________________________________________________
agiliza mi proceso de deterioro de mi calidad de vida y vida con
dignidad.
También
esta directamente relacionada con la SOBREVIDA.
El derecho a
la salud y seguridad social se encuentran consagrados así:
- En la Constitución
Política de Colombia en los Art. 47, 48 y 49.
- En la Declaración Universal de Derechos Humanos, Art. 22
- En el Pacto Internacional de Derechos Económicos y Sociales,
Art.9 y 10 h, 12 Y 14.2.B.
- En la Convención Americana de Sobre Derechos Humanos, Art.26.
CUMPLIMIENTO
AL ARTICULO 37 DE DECRETO 2591/91: JURAMENTO
Manifiesto bajo
la gravedad del juramento que no se ha presentado ninguna otra acción
de tutela por los mismos hechos y derechos.
Recuerda que no puedes presentar varias tutelas
por los mismos hechos y derechos, si cambian los hechos y derechos
vulnerados si puedes presentar otra tutela, por favor mira también
las Preguntas básicas sobre la tutela.
NOTIFICACIONES
A
continuación debes llenar los datos correspondientes en los
espacios
Al suscrito
:
(Nombre completo): _________________
En la (dirección completa) ________________,
teléfono __________
A la EPS o ARS
(Nombre completo): ________________
En la (dirección completa) _______________________
de esta ciudad.
Firma y cédula
Debes firmar y escribir el número de
tu cédula de ciudadanía
Después de llenar este formato no olvide leer las
recomendaciones para tramitarla ante el
juzgado
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