Mitos:
tutelas por no POS y por falta de semanas cotizadas
El 70%
de las tutelas correspondieron a servicios que se encontraban
en el POS y de las cuales el 95.2% no se hallaban limitadas
por el periodo mínimo de semanas cotizadas. Al hacer
un estimativo de los usuarios que hubiesen perdido su derecho
a los servicios que estaban incluidos en el POS es decir
que el sistema estaba en la obligación de brindárselos
y por los cuales las entidades que los negaron ya habían
recibido un pago, se llegó a la cifra de 87.300 personas
o el 71% de todas las tutelas de salud. ¿A donde
van a parar los miles de millones de pesos que las entidades
reciben por prestar los servicios POS y que los están
negando?, ¿Quienes son cómplices de este robo
continuado y estratégico?. Si se analizan las cuatro
principales causas de tutelas esta constante de negación
se mantiene y las cifras lo demuestran en forma contundente:
En exámenes el 79.6% estaban incluidos en el POS
y el 98.5% contaban con el periodo mínimo de cotización;
En cirugías el 82% estaban incluidas en el POS y
el 94,9% tenían los periodos mínimos de cotización;
En tratamientos el porcentaje es aún más escandaloso,
el 90,8% se encontraba en el POS y el 95,8% tenia los períodos
mínimos de cotización, y seguimos: en medicamentos
el 53% estaban incluidos en el POS y lo más asombroso
ninguna de las tutelas revisadas les faltaba periodo mínimo
de cotización.
Definitivamente
estas cifras son vergonzosas para el país; tal como
lo dice la Defensoría: “La gravedad y cronicidad
del estado de cosas descrito indica que, en algunos aspectos,
el sistema opera libre de vigilancia y control”. ¿Qué
esta haciendo la Superintendencia al respecto?, ¿Qué
podemos esperar del Ministerio mal llamado de la “protección”?;
¿Qué hubiese ocurrido si los pacientes no
contásemos con el recurso de la tutela?; ¿Quien
indemnizará al sistema judicial por este desgaste
al que lo llevan las entidades que prestan los servicios
de salud? Y las preguntas no acaban allí, recordemos
que la mayoría de los pacientes no conocen sus derechos,
no saben diligenciar una tutela ni a donde acudir a reclamar,
es decir que el problema es mucho mayor al que esta evidenciando
esta investigación, porque solamente analiza un sector
mínimo de la población que conoce sus derechos
y acude a la tutela, ¿Y los demás?, ¿Quien
alzará las voces por los pacientes que enferman y
mueren sin conocer ni reclamar sus derechos?, ¿Cuando
se investigará al respecto?.
Es un
mito que se estén solicitando cosas sofisticadas
y costosas que no están en el POS, es un mito que
las personas no cumplen con las semanas cotizadas para reclamar
los servicios a los que tienen derecho. El sistema no se
va a quebrar por las demandas realizadas en las tutelas,
los que se van a quebrar de guardar tantos millones, son
los bolsillos de las entidades de salud.
Más
datos
Las entidades más demandadas son las EPS, con el
73,1% de los casos, le siguen los entes territoriales con
el 11,4%, entidades particulares con el 5,7%, otras entidades
del Estado 3,6% y ARS con el 3,1%. De las EPS más
demandas se encuentran en los tres primeros lugares: Caprecom,
Cajanal e Instituto de Seguros Sociales (¡las tres
son EPS publicas!), le siguen Salud Vida y Solsalud, todas
estas EPS, han hecho de la tutela un requisito fundamental
para la atención.
Conclusiones
Cito
textualmente una conclusión de la investigación:
“Consecuente con los resultados del presente estudio,
cabría la declaratoria del “estado de cosas
inconstitucional” en materia de salud. Conforme a
esta figura, la Corte podrá comprobar que la vulneración
del derecho puesta a su consideración tiene un carácter
generalizado y obedece a factores de naturaleza estructural.
Con este fundamento la Corte Constitucional podrá
dictar órdenes de naturaleza mucho más general
y de fondo. En el presente informe se demostró la
afectación del derecho a la salud en cerca de 87.000
casos, que vinculan en altísima proporción
a promotoras públicas, sin que se haya registrado
–para esos casos--una actuación pertinente
de las autoridades administrativas de vigilancia.”
Recomendaciones:
Cito
textualmente las dos más importantes:
1. Fortalecer el mecanismo de tutela del derecho a la salud,
que hoy es el único elemento de protección
con que cuentan los usuarios de los servicios médico
asistenciales, circunstancia que se demostró ampliamente
a lo largo del presente trabajo.
2. Recordar
que una de las mayores fuentes de vulneración de
los derechos económicos, sociales y culturales -que
incluyen el derecho a la salud - surge de los actos de omisión
del Estado, entre los cuales cabe destacar “la falta
de vigilancia de su efectividad”. (Directrices de
Maastricht sobre violación de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales de 1997)